Triunfo indiscutible de Lupita Alcántara en Tolimán, lo confirma el TEEQ

Por Voz Imparcial

TOLIMAN, QRO., 20 de agosto de 2018.- En el recurso de apelación TEEQ-RAP-57/2018, el PT pretendió que se declarara la nulidad de la elección del Ayuntamiento de Tolimán, pues desde su perspectiva se debía anular la votación recibida en casillas que corresponden al 20% de las instaladas, ya que la votación se recibió en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección, fue recibida por una persona distinta a la facultada por la Ley Electoral, y se ejerció presión sobre las personas que integraron la mesa directiva.

El Tribunal Electoral consideró el agravio de recibir votación en fecha distinta a la señalada como infundado, puesto que en las casillas señaladas por la parte actora existió justificación para que la votación no iniciara puntualmente, ya sea porque la integración de la mesa directiva de casilla no se conformó a tiempo, o por las propias actividades preparatorias de la instalación de casillas y el llenado de actas, o debido a que después de las 18:00 horas aún existía gente formada en las filas de esos centros de votación.

Respecto al agravio de la supuesta presión sobre las personas que integraron la mesa directiva de casilla, el Tribunal Electoral calificó el agravio como infundado ya que de las pruebas aportadas no se acreditó la presión en las casillas aludidas por el PT, en razón de que de acuerdo al acta de jornada electoral y hojas de incidentes, se advirtió que los hechos en ellas asentados no guardan relación con actos de presión, además de que las pruebas aportadas fueron insuficientes para probar lo manifestado por la parte actora.

En consecuencia, el Tribunal Electoral resolvió confirmar los resultados del cómputo de la elección del Ayuntamiento de Tolimán, así como la declaración de validez de dicha elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a la vencedora Lupita Alcántara De Santiago.