Los viudos deben ser pensionados por el IMSS, determina Suprema Corte

Por Agencias

Ciudad de México, 27 abril de 2017.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la concesión de pensiones a viudos, sin distinción de género.

Al resolver un amparo de un viudo a quien se le negó la pensión, la Segunda Sala ordenó que la Junta de Conciliación emita un nuevo laudo, a fin de que el Instituto Mexicano del Seguro Social otorgue la pensión al quejoso, sin distinciones de género.

Por unanimidad de cuatro votos, los ministros aprobaron la propuesta en la que se señaló que la distinción establecida en el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS no está fundada en algún criterio que justifique la distinción en el trato entre hombres y mujeres.

Ese criterio reitera la declaración de inconstitucionalidad del mismo supuesto normativo, que la SCJN ya había hecho del artículo 152 de la Ley del Seguro Social abrogada y del artículo 130 de la vigente.